Noticias archivos - Página 2 de 6 -

estatutos-comunidad-de-vecinos.jpg

No son obligatorios, pero sí se recomienda que cada comunidad de propietarios cuente con ellos. Los estatutos de la comunidad de vecinos son una norma básica y fundamental para garantizar el correcto funcionamiento del edificio y entre los habitantes de este. ¿Por qué son tan importantes? En esta entrada, a continuación, aportamos más detalles.

La importancia de que la comunidad de vecinos cuente con un estatuto

En primer lugar, cabe destacar qué es un estatuto de este tipo. Como administrador de fincas en Madrid lo tenemos claro: es un documento que recoge y regula las normas de convivencia en una comunidad y que, además, será de obligado cumplimiento por todos los vecinos de la finca.

Probablemente, la mayoría de personas españolas sepan que existe este estatuto por una de las series más famosas en el país, Aquí no hay quien viva, donde se mostraban los principales problemas a los que se enfrentan los propietarios de un edificio de viviendas del centro de Madrid. Algo que, por supuesto, se puede extrapolar a las comunidades de propietarios del resto de España. De hecho, en la serie se mostraban en multitud de ocasiones las discrepancias entre vecinos por el cumplimiento del estatuto o el deseo de querer modificarlo.

Así, este documento recogerá las normas que deben cumplir los vecinos. Unos acuerdos que en ningún momento deben contradecir la Ley de Propiedad Horizontal y que, por otro lado, deben ser aprobados por unanimidad al constituir la finca o cuando se desee contar con estatutos, además de ponerse en conocimiento de todos los vecinos.

>> Defectos en la redacción del acta en la junta de propietarios

Por qué son tan importantes

Son muy importantes, pese a que ya existe la LPH, no solo por regular las normas, sino por diferentes aspectos como:

  • Determinar el uso y aprovechamiento de las zonas y elementos comunes.
  • Limitaciones de uso y cargas en los elementos privativos de la finca.
  • Ejercicio no solo de las obligaciones, también de los derechos de los vecinos.
  • Aplicación de gastos e ingresos, además de la distribución de las cargas o los beneficios.
  • Forma de gestión y administración.
  • Los órganos de gobierno para la representación de la comunidad de vecinos en caso de problemas. En ellos, las competencias quedan establecidas.

DomusFincas, profesionales al servicio de las comunidades de vecinos

Con una empresa de prestigio y gracias a los mejores profesionales especializados, en Domusfincas se puede disfrutar de un servicio multidisciplinar en el que cada vecino se puede despreocupar de las diferentes tareas. Además, siempre lo hacemos siguiendo las normas pactadas en el documento mencionado en esta entrada.

Los estatutos de la comunidad de vecinos son fundamentales, entonces, para regular la convivencia entre las personas que habitan en una comunidad. En caso de necesitar más detalles, se puede contactar con nosotros en el 911 66 39 09 o en info@domusfincas.es


administracion-de-fincas-Madrid.jpg

Una de las actuaciones más características del administración de fincas Madrid es, sin lugar a dudas, la redacción de acta en la junta de propietarios. Este es un documento en el que se recogen todas las incidencias y resoluciones que se han tomado durante el desarrollo de esta reunión entre los propietarios o vecinos. No obstante, puede suceder que este escrito no esté debidamente redactado y/o refleje una serie de errores en los conceptos incorporados al escrito. Es decir, puede haber defectos en la redacción que podrían llevar a equívocos entre los asistentes. Al igual que una serie de problemas para la aplicación de las resoluciones tomadas en la junta de vecinos.

Precauciones en la redacción del acta

¿Cuáles son algunos de los defectos más relevantes que se pueden encontrar en estas actas? Uno de los más comunes está representado por la posible falta de la firma. Referida al presidente o secretario de la junta de vecinos, se trata de un olvido que puede generar consecuencias muy graves. Debido a que la falta de la rúbrica de uno de ellos puede ocasionar la nulidad de la junta. O, lo que es aún más perjudicial para los intereses de los propietarios, que no se apliquen los acuerdos tomados en la reunión. Otro de los defectos que se pueden detectar es el relacionado con las expresiones hacia algunos de los propietarios, por muy conflictivos que sean estos. En este caso, la normativa es muy clara sobre esta clase de alusiones, al poner de manifiesto que “deberá evitarse incorporar en este documento expresiones o descripción de actos que puedan afectar a la imagen de los otros vecinos”.

No menos importante es aludir al error que se puede cometer al redactar el texto con frases largas o ajenas a la toma de un acuerdo. Por el contrario, el contenido del acta debe expresarse de una manera sencilla, diáfana y sin divagaciones. Con el objeto de que todos los propietarios puedan entender muy nítidamente la naturaleza de las resoluciones.

Contar con un administrador de fincas en Madrid

De todas las maneras, tanto los errores anteriormente expuestos como otros más que podrían aparecer pueden ser subsanados. ¿Cómo? A través de un administrador de fincas en Madrid como es Domus Fincas, ya que aportará profesionalidad y dominio del aspecto jurídico y legal. En este sentido, contar con este soporte evitará más de una incidencia al elaborar el acta de la junta de vecinos. Con actuaciones como, por ejemplo, el seguimiento, gestión y organización de toda la documentación para hacer frente a los organismos pertinentes. Se trata de la mejor de las soluciones para no tener ningún problema con la redacción de las actas en la administración de fincas en Madrid. ¡Es el momento para solicitar este servicio!


window-g69fb23b0b_640.jpg

El auge de las viviendas de uso turístico ha provocado que propietarios hayan decidido explotar sus viviendas como pisos turísticos. Sin embargo, en algunas comunidades de propietarios, hay vecinos que se han quejado de los turistas que causan problemas de convivencia. Esto ha llevado a que se hayan planteado prohibir que esos propietarios puedan seguir ejerciendo dicha actividad.

La ley que permitió el acuerdo de prohibir los pisos de alquiler turístico por una comunidad de vecinos fue aprobada mediante el R.D. 7/2019 del 1 de marzo por el que se establecían las medidas en materia de vivienda y de alquiler. Esta ley reformó la Ley de propiedad Horizontal, incluyendo lo necesario para que la comunidad pudiese limitar el alquiler turístico.

Qué tener en cuenta si la comunidad quiere prohibir los pisos turísticos

Si en los estatutos aparece la limitación sobre el uso de las viviendas o no, es conveniente que la junta de propietarios prohíba de forma expresa el alquiler turístico.

  • El acuerdo solo vinculará a propietarios que quieran usar el piso como turístico.
  • Para prohibir el alquiler turístico por parte de la comunidad, basta el voto de 3/5 de propietarios.
  • Si la prohibición se consigue por los votos, se expedirá un certificado para el Registro de la Propiedad y para que futuros propietarios sepan la limitación.
  • Para que la comunidad rechace el alquiler turístico en la finca, debe convocar a la junta incluyéndolo en el orden del día.
  • Exista o no la limitación, debe contar con la autorización de la Administración Autónoma correspondiente.

Cómo asesorar sobre viviendas turísticas a la comunidad

Se puede acudir a un administrador de fincas para asesorarse qué hacer para prohibir un piso turístico. En caso de que la comunidad opte por permitir el alquiler vacacional, puede establecer condiciones:

  1. Obligación de dar de alta en la Administración la vivienda turística.
  2. Obligar a una póliza de seguro de daños causados por los inquilinos en zonas comunes y particulares.
  3. Posibilidad de requerir antes de 2 horas a los inquilinos que provoquen molestias en la comunidad.
  4. Pagar una cuota del 20 % extra que ha de incluirse en el acuerdo.
  5. Entregar a inquilinos las normas internas de la comunidad y advertirles de su cumplimiento.
  6. Si las normas no se cumplen, se podrá dar lugar a cesación de la comunidad al infractor.

Como se puede ver, las normas para prohibir las viviendas de uso turístico pueden llevar a confusiones y todo dependerá de si la norma de prohibición está implantada o no en las normas de la comunidad. En caso de que estén, no existirán problemas, pero, si no están, entonces habrá que recurrir a la ley y que todo sea aprobado mediante juntas en la comunidad de vecinos. En Domus Fincas te asesoraremos sobre cualquier asunto relacionado con este tema.

 

 


Imprevistos-juntas-de-vecinos.jpg

La junta de propietarios es el escenario más adecuado para resolver los problemas o incidencias legales que van apareciendo en tu edificio. Una de las más relevantes es conocer si se puede adoptar alguna clase de acuerdo que no figurase en el orden del día. En este sentido, las últimas sentencias han puesto de manifiesto que solo pueden ser votados los asuntos contemplados en el orden del día. No en vano, esta posibilidad iría incluida en el apartado de ruegos y preguntas. Con el riesgo evidente de que los propietarios ausentes podrían ejercer su derecho a su impugnación judicial, con una elevada posibilidad de que pueda prosperar.

¿Puede votar el secretario-administrador en la junta?

 

Otra de las dudas que pueden albergar los propietarios sobre el desarrollo de la junta es si el secretario-administrador de la junta puede ejercer el derecho al voto. La respuesta es claramente que no, ya que esta actuación sería contraria al derecho tal y como constata la Ley de Propiedad Horizontal. Se específica de una manera muy clara que este profesional tiene la finalidad de redactar, asesorar y gestionar esta celebración, pero nunca tomar partido por alguna clase de acción o decisión a través de su voto.

No menos controvertida es la que se genera ante la repercusión de la abstención que pueda ejercer en las votaciones algún propietario. Pues bien, sobre este aspecto el artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal despeja toda clase de dudas, al constatar de forma tajante que esta decisión no deberá ser tenida en cuenta ya que solo se computarán los votos de los miembros reunidos. Donde la mayoría se conforma en la segunda convocatoria entre los asistentes que decidan dar su opinión sobre el tema o cuestión objeto de debate. Por otra parte, también hay que incidir en que no se puede celebrar esta reunión en otro idioma que no sea el oficial de España. Si así fuese, se anularía mediante la correspondiente impugnación.

Conocimiento jurídico y técnico

 

En la junta de propietarios pueden surgir una serie de problemas que deberán ser solucionados para el buen desarrollo de la reunión. Por este motivo es necesario contar con un profesional en la administración de fincas que ofrezca una garantía plena de conocimiento jurídico, contable y técnico, y que esté al tanto de las últimas novedades y cambios en la normativa. Será la figura profesional que se encargará de gestionar todas las incidencias (presupuestos de reparación, reclamaciones, etc.) ajustándose a la normativa actual. Con un plan integral para la comunidad de vecinos: administración, contabilidad financiera, gestión de servicios y seguros a medida. Son motivos más que suficientes para contar con un profesional de estas características. ¡Te estamos esperando!

 

 


Ley-de-Residuos-y-Suelos-Contaminados.jpg

PROYECTO DE LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 18 de mayo el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados. Se trata de una normativa ligada a los principios de economía circular, ya que la última opción que tendrá un residuo será la de convertirse precisamente en eso mismo, un residuo. El objetivo se centra en utilizar cada recurso una y otra vez para acabar con el concepto de usar y tirar.

La iniciativa opta por aumentar las recogidas separadas de distintas fracciones de residuos, incluso puerta a puerta y recae en las competencias locales la obligación expresa de llevarla a cabo. De modo que los ayuntamientos deberán disponer de una tasa específica y diferenciada para los servicios que están obligados a cumplir en lo que se refiere a desechos municipales.

Cómo afecta el nuevo impuesto a los consumidores

Las nuevas tasas que deberán pagar los consumidores con esta Ley serán las siguientes:

  • Tasa municipal de basura. Por primera vez, los ayuntamientos se verán obligados a implantar una tasa pública específica para la recogida y el posterior tratamiento de los desechos domésticos municipales de su competencia.
  • Gravamen por vertido e incineración. Este será un impuesto sobre el vertido y la incineración de los residuos (municipales, industriales, etc.) en toda España. Es un instrumento de política ambiental para mejorar la gestión. Es decir, la descarga de residuos en vertederos o que sean tratados por incineradoras estará gravada por una tasa que deberán pagar los consumidores. Se hace con la intención de fomentar el reaprovechamiento de los materiales y prevenir este tipo de tratamiento que se les da a los residuos.
  • Tasa de envases de un solo uso. Será un impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables de 0,45 euros por kilogramo. Es similar al que planean establecer otros países, como el Reino Unido o Italia. Será de carácter indirecto y recaerá sobre la fabricación, importación o adquisición de envases de plástico no reutilizables que vayan a ser utilizados en el mercado español.

Esta Ley de Residuos y Suelos Contaminados se debe a que España debe evitar posibles multas de la Unión Europea por el incumplimiento de la directiva marco de residuos del 2009. Esta es una norma (revisada en 2018) que exigía lograr un nivel de recuperación y reciclado del 50 % de los desechos municipales en el 2020, objetivo que no se ha alcanzado.

En Domus Fincas somos especialistas en la gestión de comunidades de vecinos. Mantenemos informada a la comunidad de todo tipo de leyes, como la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, para que conozcan en todo momento las obligaciones que deben cumplir. Ofrecemos un servicio profesional gracias a la enorme experiencia con la que contamos en este sector. Puedes contactar con nosotros a través de nuestra web y pedir la información que necesites.


Viviendas-de-uso-turistico.jpg

Las viviendas de uso turístico (VUT) están definidas y reguladas en la Comunidad de Madrid a través del Decreto 79/2014, de 10 de julio. En el presente texto se presentan las claves con respecto a su regulación.

Viviendas de uso turístico: ¿qué son?

En su artículo 2, son definidas como pisos u otro tipo de viviendas que, de forma habitual y en condiciones específicas de habitabilidad, son cedidas para su uso completo e inmediato por terceros. Su uso se realiza con fines turísticos a cambio de una contraprestación económica.

Es importante remarcar que la vivienda debe ser cedida entera, no por habitaciones, tal y como sostiene la ley. Por ser una propiedad individual, tanto los estatutos de la comunidad como la ordenación municipal sobre usos de la vivienda pueden imponer ciertas restricciones.

Condiciones de una vivienda de uso turístico

Para iniciar la actividad de una VUT, es necesario presentar una declaración responsable. Los requisitos necesarios están especificados en el mismo decreto de la CAM, en sus artículos 17 bis y 18. Los más importantes a destacar, serían los siguientes:

  • La vivienda de uso turístico debe disponer de un certificado de idoneidad (CIVUT), en el que se acrediten ciertos requisitos básicos de habitabilidad.
  • Los propietarios deberán contar con un seguro de responsabilidad civil.
  • Tiene que contar con los muebles y aparatos necesarios para ser ocupada inmediatamente, así como contar con un buen estado de higiene.

Regularizar el uso de las VUT

Es imprescindible regularizar el uso de una vivienda de uso turístico. El propietario deberá presentar ante la dirección general competente en materia de turismo una declaración responsable de inicio de la actividad de alojamiento turístico.

Tal y como indica el Decreto 79/2014, los precios del alojamiento deben incluir los suministros de agua y luz, así como la limpieza de las habitaciones y deberán exponerse en un lugar visible a la entrada de cada vivienda de uso turístico.

También será necesario colocar en la puerta de entrada una placa distintiva en la que se lea «vivienda de uso turístico».

Viviendas de uso turístico en manos expertas

Es importante contar con el asesoramiento de profesionales para evitar sanciones. En caso de no regularizar la actividad de una VUT, se estaría incurriendo en una ilegalidad. El propietario del inmueble podría ser sancionado a pagar entre 3000 y 300 000 euros, en función de la gravedad de la infracción. Esto está regulado en la Ley 1/1999 de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid. Contar con especialistas en administración de fincas es fundamental para gestionar de forma eficiente las viviendas de uso turístico. DOMUS FINCAS cuenta con gran experiencia en el sector y un equipo humano altamente cualificado. Descubre y contrata nuestros servicios integrales.


Medidas-en-piscinas-comunitarias.jpg

Ahora que llega el buen tiempo se vuelven a plantear las dudas sobre las normas que se deben aplicar este año 2021 para el uso de la piscina, tanto a nivel comunitario como a nivel municipal en Madrid. La aparición del Covid-19 supuso, el año pasado, diseñar una serie de normas que hicieron posible el disfrute de las piscinas, con la prevención de la expansión del virus.

La incertidumbre vuelve a aparecer sobre cómo abrir las piscinas y con qué personal. Además de las situaciones excepcionales que pueden hacer que se vuelvan a cerrar ante la aparición de PCR positivas entre los vecinos de una comunidad.

Lo primero que hay que saber es que las normas de seguridad frente al Covid-19 que se estipularon el año pasado siguen vigentes este año. Se requiere un gran esfuerzo para respetarlas, pero la aplicación de la normativa permite disfrutar de las de las piscinas comunitarias sin apenas incidencias.

Medidas actualizadas para la apertura

Actualmente, existen zonas de Madrid con con un panorama diferente, dependiendo de las restricciones que todavía existen a pesar de haber finalizado el estado de alarma. Estas son las medidas actualizadas a día de hoy:

  • La normativa actualizada establece que, las piscinas al aire libre o cubiertas de uso recreativo deberán respetar el límite del 60% de su capacidad.
  • El uso de mascarillas es obligatorio tanto en los accesos a la zona de baño como a los paseos e instalaciones. No será obligatoria siempre y cuando los bañistas permanezcan en un espacio determinado, sin moverse.
  • Debe respetarse la distancia interpersonal de 3 metros entre usuarios no convivientes.
  • Deben habilitarse sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan as normas de seguridad.
  • Tiene que llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos veces al día. Una de ellas justo al comienzo de la jornada.
  • Las normas de higiene y de prevención deben estar expuestas por medio de cartelería visible, especificando que si se tiene algún síntoma compatible con el coronavirus, hay abandonar inmediatamente la zona de la piscina.
  • Será obligatorio contratar a un socorrista en comunidades de más de 30 viviendas.

En Domus Fincas estamos especializados en la gestión de comunidades de vecinos en Madrid. Somos administradores colegiados y técnicos especializados en urbanizaciones con piscina, macrocomunidades, apartamentos turísticos, garajes,? Somos conscientes de la importancia de cumplir las normas, para mejorar la convivencia en espacios comunes. Por ello, ofrecemos un servicio integral de administración y contabilidad financiera, contratación de seguros y de información de la normativa a seguir, según las estipulaciones del Departamento de Salud, con el fin de prevenir la expansión del Covid-19. Visita nuestra web y pide una cita.


novedades-en-juntas-de-vecinos.jpg

NOVEDADES JUNTAS DE VECINOS

El pasado 9 de mayo terminó el estado de alarma, lo que supuso que las medidas establecidas para las juntas de vecinos durante ese periodo quedasen derogadas. Para suplirlas el gobierno publicó el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, en el que se recogen las normas que regirán a partir de ahora. A continuación, detallamos todas las medidas extraordinarias, aplicables a las juntas de propietarios.

Suspensión de las juntas de vecinos y prórrogas

El Capítulo II del Real Decreto-ley 8/21 de 4 de mayo suspende la obligación de convocar y celebrar juntas de vecinos hasta el 31 de diciembre de 2021. Tampoco será necesario aprobar el plan de ingresos y gastos, las cuentas y el presupuesto anual, sino que se prorrogará el último presupuesto anual aprobado, así como los nombramientos de los distintos cargos de la comunidad. La prórroga se alargará hasta el 31 de diciembre de este año o hasta que se vuelva a celebrar una junta de propietarios.

¿Puede celebrarse una junta de vecinos en algún caso?

Si el presidente de la comunidad, la cuarta parte de los propietarios o, al menos, el 25% de los participantes en la asamblea vecinal solicitan que se convoque una reunión, esta podrá llevarse a cabo si es para adoptar algún acuerdo que no pueda esperar . Se consideran acuerdos inaplazables los relacionados con obras e instalaciones que garanticen la accesibilidad al edificio de todos los que allí viven y trabajan. También la instalación de rampas, ascensores y otros dispositivos. Puedes consultar en el artículo 10.1.b) de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, las actuaciones que se considera que no pueden esperar.

Es recomendable celebrar la junta de vecinos por videoconferencia o por teléfono, siempre que todos los participantes dispongan de los medios necesarios, el secretario exprese en el acta que reconoce a los asistentes y que la junta se celebre en el domicilio donde esté el secretario. Podrá acordarse la actuación a realizar, sin celebrar la asamblea de vecinos si los propietarios hacen llegar su voto por correo, email u otro medio, siempre que se pueda garantizar la participación de los propietarios, la identidad del que envía el voto y la recepción del mismo.

Pese a lo anterior, la junta podrá celebrarse de forma presencial cuando puedan garantizarse las medidas de seguridad aplicables. Es decir, si en tu comunidad contáis con un local donde os podáis reunir, guardando la distancia de seguridad, que se pueda ventilar, usáis gel desinfectante y lleváis todos mascarilla, podréis celebrarla presencialmente.

Si tienes alguna duda acerca de cómo deben ser las juntas de vecinos después del estado de alarma, en Domus Fincas estaremos encantados de ayudarte. Somos administradores de fincas colegiados y técnicos especializados en todo tipo de comunidades.


Presidente-de-la-comunidad-Madrid.jpg

¿TODOS LOS VECINOS DEBEN SER PRESIDENTES?

El presidente de la comunidad es el encargado de gestionar el buen funcionamiento de una comunidad de vecinos. No puede por iniciativa propia gestionar, nombrar o dar de alta un nuevo servicio sin un acuerdo previo con la comunidad. Debe tener un piso o local en dicha comunidad, pero ¿también debe vivir allí?

En el caso de que un presidente de comunidad elegido en juntas no quiera ejercer el cargo debido a que no vive en la comunidad durante el año, debe exponer sus razones a los órganos de la comunidad.

Órganos de gobierno de la comunidad

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) recoge en su artículo 13 el nombramiento del presidente de la comunidad de propietarios, así como sus funciones y las del resto de los órganos de gobierno de la comunidad. Dice que dicho nombramiento es obligatorio, salvo que sea recurrido y un juez diga lo contrario.

Los órganos de gobierno de una comunidad en Madrid son el presidente de la comunidad, el secretario y el administrador. El nombramiento del presidente se efectúa entre todos los integrantes de la comunidad. El proceso puede ser mediante elección o por sorteo, si estuviese regulado así. El cargo debe caer obligatoriamente sobre uno de los propietarios. El presidente no puede ser una persona ajena al edificio. Una persona jurídica o empresa también puede ser elegida.

Cuestiones para ser presidente de una comunidad de vecinos en Madrid

1.- El cargo debe ser desempeñado por el presidente elegido y no por un sustituto designado por este si no desea el cargo. La junta debe reunirse de nuevo y elegir un vicepresidente para casos excepcionales. De no ser así, el nombrado presidente debe acudir al juzgado, exponer de manera razonable los motivos por los que se niega a aceptar del cargo y solicitar una rápida sustitución.

2.- Las funciones de secretario y administrador también serán ejercidas por el presidente, salvo que los estatutos de la comunidad digan lo contrario.

3.- Para que un presidente salga elegido, es necesario que más de la mitad del valor de las cuotas presentes estén de acuerdo. El cargo tiene una duración habitual de un año.

4.- El cargo, una vez designado, es de obligado cumplimiento.

Somos Domusfincas, administradores de fincas de Madrid, y contamos con un equipo de técnicos especializados en situaciones especiales como la desestimación del cargo. Años de experiencia nos avalan en la administración, contabilidad y gestión de servicios como la elección del presidente de la comunidad. Nos encargamos de atender telefónicamente las dudas sobre los asuntos económicos de las comunidades como averías, reparaciones, morosidad? Ofrecemos un plan integral para despreocuparse de todas las tareas de una comunidad, una total transparencia para poner a disposición de los propietarios la oficina virtual y consultar la información de la comunidad en cualquier momento. Visita nuestra web y pide presupuesto.


multas_comunidades_vecinos.jpg

DI ADIÓS A LAS MULTAS EN TU COMUNIDAD

Para que una comunidad de vecinos funcione correctamente y evitar multas innecesarias, es importante contar un administrador de fincas colegiado que permita evitarlas al cumplir todas las exigencias legales existentes con respecto a las comunidades de vecinos, como el modelo 347 y otros.

Uno de los problemas más comunes de las comunidades vecinos, además de que se pongan de acuerdo todos los vecinos, es gestionar todos los trámites y gestionar adecuadamente la comunidad. Contar con un administrador de fincas colegiado y especializado te evita quebraderos de cabeza innecesarios y permite a los vecinos vivir con mayor tranquilidad.

Sobre todo es importante para evitar multas y gestionar adecuadamente los trámites, especialmente por medio de la cumplimentación y el envío de los modelos 347, 184 y 190.

¿Cuáles son los modelos a los que se hace referencia?

Modelo 347, de operaciones con terceros

Concretamente, en este modelo se han de registrar las facturas recibidas por los proveedores y las emitidas a los propietarios para poder identificar las transacciones con un volumen de operaciones que supere los 3005,65 euros al año con el IVA incluido. Para poder entregar este modelo, la comunidad de propietarios debe contar con su propio CIF. Este debe ser presentado en un plazo determinado, de forma telemática o con SMS.

Si una comunidad no tiene relación con proveedores que superen la cifra indicada no es obligatorio presentar este modelo, aunque siempre es bueno informarse sobre la obligatoriedad de este modelo para evitar multas innecesarias.

Modelo 184, referente a los ingresos obtenidos por la finca

El modelo 184 consiste en la declaración anual de ingresos, beneficios y gastos de empresas no comerciales, como son las comunidades de propietarios. Es obligatorio presentarlo, aunque solo sea de carácter informativo, ya que se describen las operaciones realizadas en el año. No hay pagos ni gastos en este modelo, pero se debe presentar anualmente.

Modelo 190, de retenciones de IRPF aplicadas

El modelo 190 es la declaración informativa de las retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos de trabajo y se presenta anualmente. El 111 se presenta trimestralmente.

Hay que tener en cuenta además que en el caso de rehabilitación de edificios se aplica una reducción del 10 % de IVA de comunidades de vecinos, además de en otros casos con condiciones concretas. Hay otros servicios en los que se aplica el IVA, como el servicio de limpieza, el de mantenimiento de ascensor y ciertos servicios profesionales.

Consideraciones finales

Muchas comunidades de vecinos suelen acabar cometiendo infracciones por estar mal administradas por sus vecinos o por negligencias de administradores no profesionales, por lo que es bueno contratar un administrador de fincas colegiado para evitar sanciones innecesarias en la presentación del modelo 347 , el 184 y el 190 y el cumplimiento de las demás obligaciones de la comunidad.