Llevar la contabilidad de fincas en Boadilla del Monte de forma normalizada según el Plan General Contable no es una obligación expresa legalmente. Sin embargo, las imposiciones que posteriormente marca la ley de forma colateral aconsejan su llevanza ajustada a la norma.
Las comunidades de propietarios quedan excluidas de las obligaciones marcadas tanto por el Código de Comercio como por el Plan General Contable. La Ley de Propiedad Horizontal no establece tampoco ningún criterio al que se deban ajustar para la presentación y rendición de sus cuentas.
Sin embargo, existen algunos aspectos y ventajas a considerar:
1. Hay un patrimonio que genera obligaciones y derechos.
2. Una comunidad de propietarios es un ente en régimen de atribución de rentas. Hay que aplicarle el artículo 68 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Dicho precepto estipula la obligación de la llevanza de un libro registro de ingresos, un libro registro de compras y gastos y un libro registro de bienes de inversión.
Para la llevanza de dichos libros se aplica el principio de devengo definido en la Plan General Contable. Este principio es una norma contable que obliga a registrar los pagos y cobros en el momento en el que ocurren, con independencia de la fecha en que se efectúan los mismos.
Además, si la comunidad dispone de empleados, también debe efectuar la declaración correspondiente.
3. Si la finca desarrolla actividades económicas como el arrendamiento de espacios comunes o parte de ellos, ha de repercutir el IVA y tiene la obligación fiscal de efectuar la liquidación del mismo según el artículo 84 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
4. También le afecta el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas frecuentes de los procedimientos de aplicación de los tributos. La comunidad debe presentar la declaración anual de sus operaciones con terceras personas para la adquisición de bienes y servicios cuando superen la cantidad de 3.005,06 euros en un mismo ejercicio con las exenciones legales que le corresponde.
La implantación de la asistencia mediante oficina virtual en la administración de fincas se generaliza. Las tecnologías y un interés creciente en ofrecer el máximo de transparencia y claridad en la gestión facilitan su expansión. Los propietarios disponen de acceso permanente al estado de cuentas y contabilidad de su comunidad, así como a toda la información relativa a su gestión.
Contratar de forma externa la contabilidad para fincas en Boadilla del Monte implica una relación de confianza y debe elegirse al profesional que más la proporcione. Hacerlo brinda tranquilidad y tiempo.