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¿Es obligatorio que todos los propietarios sean presidentes aunque no vivan en la comunidad?

14/04/2021 Noticias

¿TODOS LOS VECINOS DEBEN SER PRESIDENTES?

El presidente de la comunidad es el encargado de gestionar el buen funcionamiento de una comunidad de vecinos. No puede por iniciativa propia gestionar, nombrar o dar de alta un nuevo servicio sin un acuerdo previo con la comunidad. Debe tener un piso o local en dicha comunidad, pero ¿también debe vivir allí?

En el caso de que un presidente de comunidad elegido en juntas no quiera ejercer el cargo debido a que no vive en la comunidad durante el año, debe exponer sus razones a los órganos de la comunidad.

Órganos de gobierno de la comunidad

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) recoge en su artículo 13 el nombramiento del presidente de la comunidad de propietarios, así como sus funciones y las del resto de los órganos de gobierno de la comunidad. Dice que dicho nombramiento es obligatorio, salvo que sea recurrido y un juez diga lo contrario.

Los órganos de gobierno de una comunidad en Madrid son el presidente de la comunidad, el secretario y el administrador. El nombramiento del presidente se efectúa entre todos los integrantes de la comunidad. El proceso puede ser mediante elección o por sorteo, si estuviese regulado así. El cargo debe caer obligatoriamente sobre uno de los propietarios. El presidente no puede ser una persona ajena al edificio. Una persona jurídica o empresa también puede ser elegida.

Cuestiones para ser presidente de una comunidad de vecinos en Madrid

1.- El cargo debe ser desempeñado por el presidente elegido y no por un sustituto designado por este si no desea el cargo. La junta debe reunirse de nuevo y elegir un vicepresidente para casos excepcionales. De no ser así, el nombrado presidente debe acudir al juzgado, exponer de manera razonable los motivos por los que se niega a aceptar del cargo y solicitar una rápida sustitución.

2.- Las funciones de secretario y administrador también serán ejercidas por el presidente, salvo que los estatutos de la comunidad digan lo contrario.

3.- Para que un presidente salga elegido, es necesario que más de la mitad del valor de las cuotas presentes estén de acuerdo. El cargo tiene una duración habitual de un año.

4.- El cargo, una vez designado, es de obligado cumplimiento.

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